La Junta de Extremadura amplía el nivel de alerta 3 a toda Extremadura y publica las medidas a seguir
Este mismo sábado ha publicado en el DOE todas las medidas, principlamente en lo que aforos se refiere, que se deberán cumplir en toda la región
El Diario Oficial de Extremadura ya recoge hoy sábado 7 de noviembre las medidas acordadas para la contención de la pandemia de coronavirus 19 en toda la comunidad autónoma, declarada en nivel de alerta 3, un estado en el que Zafra ya entraba el pasado 5 de noviembre.
Las medidas publicadas están destinadas fundamentalmente al control y reducción de aforos. Estarán activas al menos durante 14 días: entran en vigor a 00.00 horas de este 8 de noviembre (esta misma noche) y se mantendrán hasta el hasta las 24.00 horas del 21 de noviembre.
En cualquier caso, se mantiene un máximo de 6 personas en las reuniones, tanto en espacios públicos como privados.
Medidas que afectar a la hostelería y restauración
La hostelería verá reducido su aforo al 40% dentro del local, donde no se podrá hacer uso de las barras, y al 50% en las terrazas. Sí que se permiten los encargos de comida y bebida para llevar.
La distancia de seguridad entre las mesas o agrupaciones de mesas, con el límite máximo de seis personas en los dos casos, siempre ha de estar garantizada.
Espacios públicos
Se restringe al 40% el aforo en los comercios, al 30% en el mercadillo de los domingos en el recinto ferial, los parques y las zonas comunes de los centros comerciales.
En las instalaciones deportivas, ya sean cubiertas o al aire libre, el aforo será del 30% y se prohibe que haya público. Esta misma limitación del 30% se aplica el los gimnasios y piscinas.
Lugares de culto y entierros
La limitación en los lugares de culto es del 25%. Los velatorios se restringen a 10 personas tanto en espacios cerrados como al aire libre.
La comitiva para el enterramiento o en la despedida para la cremación tampoco podrán ser más de 15 personas.
Bodas bautizos y comuniones
En las bodas y otras celebraciones religiosas o civiles, tanto en establecimientos públicos como privados, no podrá superarse el 25% del aforo y como máximo habrá 100 personas en espacios al aire libre y de 50 en cerrados. En el caso de los bautizos y comuniones el número de personas se limita a 30 personas en espacios al aire libre y a15 en los cerrados.
En lo que se feriere a las celebraciones que se puedan desarrollar después de la ceremonia, si se producen en establecimientos hosteleros el límite máximo de 100 personas en las bodas y de 30 personas en comuniones y bautizos.
Si se realizaran fuera de los establecimientos de hostelería y restauración el máximo será de 100 personas al aire libre y 50 en espacios cerrados. En los bautizos y comuniones el número se reduce a 15 personas.
Actividades culturales y de ocio
El aforos de en bibliotecas, archivos, museos y exposiciones se restringe al 35%; en cines y teatros al 50% con un máximo de 200 personas.
El turismo activo se limita a grupos de 10 personas y la enseñanza no reglada al 35%.
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