Extremadura permanecerá cerrada perimetralmente 14 días más
Se incluye como recomendación (y no como obligación) que las reuniones en domicilios o espacios interiores sean solo entre personas convivientes
El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura acordó este viernes 9 de abril mantener el cierre perimetral de la Comunidad Autónoma durante 14 días más, al encontrar motivos suficientes para «reconsiderar» la decisión anunciada el pasado miércoles de no prolongar el aislamiento.
Así lo anunció el vicepresidente segundo y consejero de Sanidad y Servicios Sociales, José María Vergeles, tras la reunión extraordinaria que celebró el Ejecutivo extremeño de forma telemática.
El consejero ha aclarado que la decisión de mantener el cierre de la Comunidad Autónoma se ha adoptado «por un principio de precaución y de prevención» y con el objetivo de que la incidencia se mantenga en unos niveles controlados.
En este sentido, Vergeles ha hecho referencia a los datos que se han conocido sobre la tasa de incidencia acumulada, tanto en España como en Extremadura, y que el Consejo de Gobierno ha analizado «con preocupación».
Esas cifras reflejan una tasa de 174 casos por 100.000 habitantes a los 14 días y de 79 casos a los 7 días, en el conjunto de España, y de 124 casos por cada 100.000 habitantes a los 14 días y de 66 casos a los 7 días, en lo que respecta a Extremadura, un incremento moderado que podría tener relación directa con los primeros días de la Semana Santa.
El nuevo cierre perimetral se hizo efectivo en el mismo momento en el que fue publicado en el DOE un decreto del presidente de la Junta de Extremadura para evitar que pudiera haber un vacío legal aunque solo fuera por unas horas.
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La medida se mantendrá en los mismos términos que la orden comunicada relativa al cierre perimetral durante el puente de San José y la Semana Santa, con una excepción, ya que se eleva hasta diez el número de personas que podrán alojarse en establecimientos rurales.
Además, se incluye como recomendación (y no como obligación) que las reuniones en domicilios o espacios interiores sean solo entre personas convivientes.
En hostelería y restauración también se mantienen los mismos aforos, así como el número máximo de personas que pueden reunirse por mesa o agrupaciones de mesas: 4 en el interior de los establecimientos y 6 en los exteriores, a no ser que sean convivientes.
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